Estatutos Sociales

 

CAPITULO V

Funcionamiento y actividad de la Fundación

At.16. Principios de actuación

La Fundación estará obligada a:

  • Destinar efectivamente el patrimonio y sus rentas, de acuerdo con la Ley de Fundaciones y los presentes estatutos, a sus fines fundacionales.
  • Dar información suficiente de sus fines y actividades para que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados.
  • Actuar con criterios de imparcialidad y no discriminación en la determinación de sus beneficiarios.

 

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